Servicios y Construcciones La Banda SRL presentó un recurso de queja ante el máximo tribunal provincial tras el rechazo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo a revisar la sentencia que desestimó su reclamo para trasladar los residuos acumulados en el predio.
Servicios y Construcciones La Banda SRL, propietaria del predio Pacará Pintado, formalizó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT). La presentación se produjo luego de que la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazara el planteo para revisar la sentencia en contra del reclamo de la empresa para el traslado de 18 mil toneladas de residuos a la planta de Overo Pozo.
Mediante su apoderada, Silvia Peyracchia, la firma objetó el fallo que denegó la casación. El tribunal argumentó que el escrito no se ajustaba a las pautas de la Acordada 1.498/2018, al incluir 27 renglones en una página cuando el límite es de 26 líneas.
Dicha resolución clausuró el debate en primera instancia. El Consorcio Metropolitano para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (Girsu), integrado por municipios del Gran San Miguel de Tucumán, quedó liberado del reclamo para la remoción de los desechos depositados en Pacará Pintado hace más de una década.
La letrada sostuvo que, dada la “trascendencia ambiental” del caso, el fallo de las juezas Ana María José Nazur y María Felicitas Masaguer incurrió en un “exceso ritual manifiesto”. “Sin perjuicio de la manifiesta insignificancia del error de composición tipográfica, resulta imprescindible en el caso tener por superado el déficit señalado, conforme lo autoriza (…) la Acordada 1498/18, por cuanto la cuestión debatida (…) supone un grave riesgo para la vigencia de derechos y garantías tutelados con el orden constitucional, como el derecho a un medio ambiente sano y equilibrado”, afirmó Peyracchia.
La abogada de la empresa señaló la “existencia en Pacará Pintado de 17.943 toneladas de residuos, cumpliendo un proceso de descomposición a ‘cielo abierto’”. “(Esto) impone la apertura del recurso casatorio en orden al control de legalidad del fallo que, en función del cúmulo de infracciones normativas y arbitrariedades denunciadas en el escrito casatorio, dejó sin resolver el problema ambiental complejo planteado en la litis, de larga data y consecuencias nefastas al medioambiente”, declaró.
El caso se inició en octubre de 2020, cuando la firma interpuso una acción de fijación judicial de plazo para ejecutar la resolución 002/14 del Girsu. Según la empresa, el Consorcio se había comprometido a la limpieza de la playa de transferencia de Pacará Pintado. Los municipios integrantes del ente rechazaron los argumentos de la demanda y advirtieron sobre el impacto ambiental de trasladar esos desechos a Overo Pozo.
El primer fallo, dictado por la Sala III en 2024, hizo lugar a la demanda y otorgó un plazo para el retiro de la basura. La empresa recurrió esa decisión y el caso llegó a la CSJT, que en septiembre de 2025 declaró nula aquella resolución y ordenó al fuero contencioso dictar una nueva sentencia. Ese veredicto, a cargo de la Sala II, se emitió en abril pasado y rechazó el planteo de Servicios y Construcciones. Luego, el tribunal denegó el recurso de casación por la cuestión del “renglón 27”. Ahora, la firma busca que el máximo tribunal revise otra vez el expediente. Aún es incierto qué sucederá con las casi 18.000 toneladas de basura que permanecen en la ex planta de tratamiento.