El acusado fue hallado responsable de homicidio culposo tras no respetar la prioridad de paso en la intersección. La sentencia incluye tres años de prisión condicional e inhabilitación para conducir.
La sentencia fue dictada este martes 7 de julio durante una audiencia de juicio abreviado. El acusado, un programador de nacionalidad venezolana, fue hallado responsable del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor.
El hecho ocurrió el domingo 8 de marzo de 2026, alrededor de las 2.40 de la madrugada. Según la reconstrucción realizada por los investigadores, el acusado circulaba en una camioneta Ford Territory gris por calle Lamadrid, en sentido este-oeste, mientras que Axel Tiago Palomino conducía una motocicleta Honda Wave negra por avenida Colón, de norte a sur.
Al llegar a la intersección, el conductor de la camioneta avanzó sin respetar la prioridad de paso de la motocicleta, provocando un impacto. Como consecuencia del choque, el motociclista fue despedido y cayó sobre la ochava suroeste del cruce. Murió a causa de un traumatismo grave de cráneo y múltiples politraumatismos.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad Especializada de Homicidios I del Ministerio Fiscal, conducida por el fiscal Pedro Gallo. En representación de la fiscalía, el auxiliar Lucas Maggio explicó que el siniestro ocurrió porque el conductor de una camioneta Ford Territory no respetó la prioridad de paso de la motocicleta Honda Wave que circulaba por su derecha al intentar cruzar la avenida Colón.
Durante la audiencia, el representante del Ministerio Público remarcó que el acusado incumplió el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito, que establece la obligación de ceder el paso en las encrucijadas a los vehículos que llegan desde la derecha.
Además, uno de los elementos determinantes de la causa fue el resultado de los estudios toxicológicos. Si bien el primer análisis realizado poco después del choque arrojó una alcoholemia de 0,57 gramos por litro de sangre, una pericia posterior permitió estimar que al momento del impacto el conductor tenía aproximadamente 1,49 gramos de alcohol por litro de sangre.
Además de la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, el condenado fue inhabilitado para conducir vehículos durante cinco años y deberá pagar un resarcimiento económico a los familiares de la víctima.
Como parte de las reglas de conducta, también deberá realizar un curso de Educación de Seguridad Vial bajo supervisión de la Oficina de Control de Probation y Reglas de Conducta.
El juez también le prohibió acercarse a menos de 300 metros de los familiares de Axel Tiago Palomino y mantener cualquier tipo de contacto o intimidación, ya sea de manera directa o mediante llamadas, mensajes, redes sociales o cualquier otro medio digital.